Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
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Item Decreto 44943. Reglamento de condiciones para espacios de lactancia materna en los centros de trabajo y derogatoria del Decreto Ejecutivo 41080-MTSS-S, Reglamento de condiciones para las salas de lactancia materna en los centros de trabajo, del 12 de abril de 2018(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialRegula los requisitos mínimos que deben cumplir las empleadoras para acondicionar una sala de lactancia materna, donde las madres trabajadoras puedan amamantar o extraer y almacenar leche sin riesgo de contaminación.Item Decreto 43857. Disposiciones sanitarias en materia migratoria para mitigar los efectos del COVID-19(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Gobernación y Policía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe describen las disposiciones sanitarias emitidas para el ingreso a Costa rica por parte de personas extranjeras precedentes de la República Popular China con el objetivo de prevenir y mitigar el riesgo o daño a la salud pública y atender la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional COVID-19.Item Decreto 43765. Derogatoria del artículo 121 del DECRETO EJECTIVO 31849-MINAE-S-MOPT MAG, MEIC, Reglamento General sobre los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), publicado en La Gaceta n° 125 del 28 de junio del año 2004(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Agricultura y Ganadería; Costa Rica. Ministerio de Economía, Industria y ComercioSe deroga el artículo 121 del Decreto Ejecutivo n° 31849 MINAE-S-MOPT MAG, MEIC; denominado Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), publicado en el Diario Oficial La Gaceta n° 125 del 28 de junio del año 2004.Item Decreto 43725. Reforma al artículo 9 del Decreto Ejecutivo N° 28643-S-MOPT-SP del 7 de abril del 2000 que crea el Comité Asesor Técnico en concentraciones masivas(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Gobernación y Policía; Costa Rica. Ministerio de Seguridad PúblicaSe reforma el artículo 9 del Decreto Ejecutivo n°28643 con el fin de que la solicitud inicial para la autorización de un evento sea presentada ante la Municipalidad correspondiente y las demás instituciones involucradas, diez días naturales antes de la fecha programada para el mismo.Item Decretos 43666. Reglamento a La Ley Para Regular Eventos Deportivos en Vías Públicas Terrestres(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Deportes; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesArtículo 1.-Del Objeto y Alcance. El presente Reglamento tiene por objeto regular los eventos deportivos que requieran, para su realización, el cierre o la utilización de vías públicas terrestres nacionales y/o cantonales, tratándose de rutas con recorrido mixto, modificando o limitando temporalmente el uso normal de las rutas. Se reconoce la relevancia de dichos eventos por ser actividades fundamentales para el desarrollo físico, intelectual y socio afectivo de las personas, así como para garantizar el acceso universal al deporte y la recreación. Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todas la, personas físicas y/o jurídicas que pretendan realizar actividades diferentes a la circulación de vehículos, relacionadas con eventos deportivos, en las vías públicas terrestres del territorio nacional.Item Decreto 43544.Reforma al Decreto Ejecutivo N º 42421-S del 10 de Marzo de 2021, denominado, medida especial Sobre El Uso Obligatorio de Mascarilla Como Equipo De Protección Personal Debido al Estado de Emergencia Nacional por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de SaludArtículo 1.- Refórmese el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No 42421-S del 1 O de marzo de 2021, denominado "Uso obligatorio de mascarilla o careta".Item Decreto N° 43543-S.En uso de las facultades que les confieren los artículos 21, 50,140 incisos 3),8),18), y 146 de la Constitución Política; 25, 27 inciso 1) y 28 inciso 2.b) de la Ley N º 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; 282 y 285 de la Ley N º 2 del 27 de agosto de 1943, Código de Trabajo; 1, 2, 4, 6, 7, 37, 150, 337, 338, 340, 341 y 345 punto 3) de la Ley N º 5395 del 30 de octubre de 1973 Ley General de Salud; 1, 2, 6 y 57 de la Ley N º 5412 del 8 de noviembre de 1973 Ley Orgánica del Ministerio de Salud; 46 del Código Civil; Ley N º 63 de 28 de septiembre de 1887; Ley N º 8111 del 18 de julio de 2001 Ley Nacional de Vacunación; y Decreto Ejecutivo N º 32722-S del 20 de mayo de 2005, Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación.(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de SaludArtículo 1.- Se insta a todas las instituciones públicas del Estado y al sector privado costarricense a no aplicar sanciones de despido en los casos de funcionarios que no cuentan con el Esquema de Vacunación Covid-19.Item Directriz No. 131. Dirigida A La Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre El Funcionamiento de Las Instituciones Estatales Durante La Declaratoria De Emergencia Nacional Por Covid-19”(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe reformo el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Transitorio II.-Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo de 2021al 6de marzo de 2022, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla.Item Decreto No. 43426. Reforma al Decreto Ejecutivo Número 42295-Mopt-S Del 11 de abril De 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludLa presente reforma a la medida de restricción vehicular emitida en el Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, se realiza con el objetivo de fortalecer las acciones para mitigar la propagación y el daño a la salud pública ante los efectos del COVID-19. Asimismo, esta medida de ampliación se adopta como parte del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y en procura del bienestar de todas las personas que radican en el territorio costarricense. La medida de restricción vehicular diurna contemplada en el presente Decreto Ejecutivo, se aplicará a partir de las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 a las23:59 horas del 6 de marzo de 2022, inclusive. La vigencia de la presente medida será revisada y actualizada de conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19.”Item Decreto 43414. Reforma al Decreto Ejecutivo Número 42295-Mopt-S del 11 de abril de 2020, Denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludLa presente reforma a la medida de restricción vehicular emitida en el Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, se realiza con el objetivo de fortalecer las acciones para mitigar la propagación y el daño a la salud pública ante los efectos del COVID-19. Asimismo, esta medida de ampliación se adopta como parte del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y en procura del bienestar de todas las personas que radican en el territorio costarricense. La medida de restricción vehicular diurna contemplada en el presente Decreto Ejecutivo, se aplicará a partir de las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 a las 23:59 horas del 28 de febrero de 2022, inclusive. La vigencia de la presente medida será revisada y actualizada de conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19.”