Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Directriz N.º 037-MIDEPLAN-MTSS. Concesión de vacaciones a las personas servidoras públicas durante la Semana Santa 2024(Imprenta Nacional, 2024) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialLa Directriz N.º 037-MIDEPLAN-MTSS (2024) concede a las personas servidoras públicas, a título de vacaciones, los días 25, 26 y 27 de marzo de 2024 con motivo de la Semana Santa. Faculta a los jerarcas institucionales para garantizar la continuidad de los servicios esenciales y mantener disponible el personal necesario para la atención de emergencias. Invita además a otros poderes del Estado, municipalidades, universidades y entes públicos con autonomía a aplicar la misma medida según sus posibilidades.Item Directriz N° 030-PLAN-MTSS. Lineamientos conjuntos entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de empleo público.(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialLa Directriz N° 030-PLAN-MTSS, emitida por el Poder Ejecutivo, tiene como objetivo establecer lineamientos conjuntos entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en materia de empleo público. Se fundamenta en las disposiciones de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Salarios de la Administración Pública, la Ley Marco de Empleo Público y sus reglamentos. La directriz busca coordinar la aplicación de políticas, procedimientos y criterios técnicos relacionados con la gestión, planificación y regulación del empleo público en Costa Rica, garantizando coherencia institucional y eficiencia administrativa.Item Diretriz 028-PLAN. “Lineamientos generales para el establecimiento de requisitos mínimos en la elaboración de manuales de puestos.”(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaLa Directriz N° 028-PLAN, emitida por el Presidente de la República y la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, establece los lineamientos generales para definir los requisitos mínimos en la elaboración, modificación y actualización de los manuales de puestos de las instituciones bajo la rectoría del Sistema General de Empleo Público, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Empleo Público N° 10159 y su reglamento. Se instruye a las Oficinas de Gestión Institucional de Recursos Humanos (OGEREH) a aplicar dichos lineamientos, armonizando los procesos de planificación de recursos humanos y la clasificación de puestos. Asimismo, se dispone que las entidades bajo el Régimen de Servicio Civil continúen utilizando la guía de la DGSC, mientras que las demás podrán adoptarla como referencia. La directriz rige a partir de su publicación en La Gaceta.Item Directriz N° 026-PLAN. lineamientos generales que deben seguir las entidades y órganos del sector público bajo la rectoría del Sistema General de Empleo Público(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaSe emite la Directriz N° 026-PLAN con el propósito de establecer los lineamientos generales que deben seguir las entidades y órganos del sector público bajo la rectoría del Sistema General de Empleo Público. La directriz se fundamenta en la Ley Marco de Empleo Público N° 10159 y su Reglamento, así como en la Ley de Planificación Nacional y otras normas conexas. El objetivo es unificar, coordinar y orientar la planificación del empleo público, garantizando coherencia en los procesos de gestión de recursos humanos y cumplimiento de las políticas definidas por MIDEPLAN, en coordinación con la Dirección General de Servicio Civil.Item Directriz N.° 026-PLAN: “Directriz para la elaboración de planes de empleo público”(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)La Directriz N° 026-PLAN establece los lineamientos para la elaboración de los planes de empleo público en las entidades y órganos sujetos a la Ley Marco de Empleo Público N° 10159. Define las disposiciones generales para la planificación del empleo en el sector público, los objetivos, responsabilidades y plazos para su presentación ante MIDEPLAN. Su finalidad es fortalecer la eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión del recurso humano en el Estado costarricense.Item Directriz 126. Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre El Funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la Declaratoria de Emergencia Nacional por Covid-19”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio Planificación Nacional y Política EcónomicaReforma al párrafo primero del Transitorio II de la Directriz No. 077-S-MTSS MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Transitorio II.- Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 31 de diciembre de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla. (…)
