Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Cesar en su cargo de Viceministro de Infraestructura y Concesiones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al señor Luis Llach Cordero(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaY a su vez nombrar al señor Luis Llach Cordero, como ministro de Obras Públicas.Item Integración como miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe integra como miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, como representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al señor José Gaetano Chacón Laurito. Los demás miembros del Consejo de Administración continuarán ejerciendo sus cargos, hasta la conclusión del período por el que fueron nombrados.Item Reglamento para el funcionamiento de la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialEl presente Reglamento permite el correcto funcionamiento en consideración de la materia y asuntos que son sometidos a su conocimiento, dando un marco jurídico adecuado que permita el cumplimiento de sus objetivos y su adecuado funcionamiento.Item Reforma al Decreto Ejecutivo No.36547-MOPT y sus reformas(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesInclúyase un párrafo final al artículo 6o, del Decreto Ejecutivo No.36547-MOPT y sus reformas Excepciones a la restricción para circular entre las 06:00 y 19:00 horas, que se lea así: Con el fin de propiciar y fomentar el uso de energías limpias y alternativas a los hidrocarburos, exceptúese de la restricción vehicular entre las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. a aquellos vehículos que utilicen parcial (híbridos) o totalmente combustibles y/o energías limpias y alternativas a los combustibles fósiles (gasolina, diesel y sus derivados).Item Marco orientador del Sistema Específico de Valoración de Riesgos del Consejo Nacional de Vialidad(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo Nacional de Vialidad (Costa Rica); Costa Rica. Ministerio de HaciendaEl objetivo general del SEVRI es obtener y brindar información que apoye la toma de decisiones orientada a ubicar al CONAVI en un nivel de riesgo aceptable y promover de manera razonable, el logro de los objetivos institucionales.Item Resolución 046 Tarifas para el pago de arrendamiento de vehículos (kilometraje)(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Contraloría General de la RepúblicaSe actualiza la fijación periódica de las tarifas por concepto de arrendamiento de vehículos a funcionarios de la Administración pública.Item Integración como miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad en representación de la Unión Costarricense Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) a la señora Mónica Navarro Del Valle(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesCon el fin de sustituir al señor Carvajal Abarca como Miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad.Item Reglamento para ejecución contractual por parte del CONAVI de los recursos donados por la CNE provenientes del FNE, para atender emergencias declaradas por Decreto Ejecutivo(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente Reglamento rige para las contrataciones que realice CONAVI, con fondos donados por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), provenientes del Fondo Nacional de Emergencias (FNE) vinculadas a la ejecución del Plan General de la Emergencia y Plan de Inversión asociado, elaborado con base en el Decreto que el Poder Ejecutivo haya emitido declarando un estado de emergencia con base en el numeral 180 Constitucional y la Ley No. 8488, en que resulten imperiosas acciones a cargo del CONAVI. Por tratarse de fondos públicos afectos a una finalidad especial en el marco de una emergencia declarada, los contratos que deban ser financiados con los fondos donados por la Comisión Nacional de Emergencias al CONAVI, provenientes del Fondo Nacional de Emergencias, en el marco de la Emergencia declarada de que se trate y con el fin de facultar los objetivos que determinaron la declaratoria de emergencia de que se trate por parte del Poder Ejecutivo, se regirán por el régimen de excepción que establece el artículo 180 Constitucional y la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo N° 8488; así como específicamente por las siguientes disposiciones.Item Integración del Consejo de Transporte Público(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe conforma la integración del Consejo de Transporte Público de la siguiente forma: a) Pedro Luis Castro Fernández en su condición de Ministro de Obras Públicas y Transportes, quien presidirá el Consejo de Transporte Público. b) Silvia Bolaños Barrantes, en su condición de Viceministra de Transporte Terrestre y Seguridad Vial. c) René Castro Salazar en su condición de Ministro de Ambiente y Energía. d) Jorge Arturo Herrera Ocampo, representante del Sector Empresarial de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, Buses y Microbuses o Busetas. e) Gilberth Ureña Fonseca, representante del Sector Empresarial de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores en la Modalidad de taxi. f) Alberto Camacho Pereira, representante de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. g) Sara Corrales, representante de los usuarios.Item Decreto 37684. Adicionar el Decreto No.36188-MOPT del 24 de agosto del 2010, declaratoria de interés público y conveniencia nacional el proyecto denominado construcción del Proyecto de infraestructura vial Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe ha determinado la necesidad y relevancia de ampliar los alcances y disposiciones establecidas en el Decreto no. 36188-MOPT, para que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes pueda solicitar ante el órgano competente estatal, la autorización para la corta de árboles en el área del proyecto, en estricto cumplimiento de la normativa forestal, ambiental y lo dispuesto en este decreto ejecutivo. De igual, forma se requiere eximir al Ministerio de Obras Públicas y Transportes del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89 del Decreto Ejecutivo no. 25721-MINAE del 17 de octubre de 1986, Reglamento a la Ley Forestal no. 7575, para demostrar la titularidad de la propiedad de los inmuebles en lo que desarrollará el proyecto.
