Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Directriz 033. Dirigida al Sector Público para la transición hacia una flota vehicular eléctrica o cero emisiones en el sector público(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y EnergíaLa presente directriz tiene como objeto promover en las instituciones de la Administración Pública a la transición hacia una flota vehicular eléctrica o cero emisiones.Item Directriz 083 Dirigida al Sector Público "Prohibición de publicitar mensajes de empresas que presten servicio ilegal de transporte remunerado de personas"(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaSe ordena a la Administración Central y se instruye a la Administración Descentralizada, hacer uso de sus competencias para, dentro del marco normatividad vigente, disponer todas las medidas necesarias para evitar que en sus espacios se publiciten mensajes de empresas que empleen plataformas digitales para la prestación de servicios ilegales de transporte remunerado de personas.Item Decreto 40203 La Gobernanza e Implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en Costa Rica(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y EnergíaEste decreto tiene como objetivo establecer una estructura organizacional para planificar, implementar y dar seguimiento en Costa Rica a los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, en adelante "los ODS", y sus 169 metas conexas y a la Agenda 2030 para el Desarrollo de las Naciones Unidas, en adelante "la Agenda 2030".Item Directriz 074 Dirigida a la Administración Pública Descentralizada "sobre la Apertura de Datos Abiertos"(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaEsta directriz establece la forma mediante la cual, los datos de carácter público, se ponen a disposición de la población como datos abiertos, con el propósito de facilitar su acceso, uso, reutilización y redistribución para cualquier fin lícito.Item Directriz 073 Dirigida a la Administración Pública Descentralizada "sobre la Transparencia y el Acceso a la Información Pública"(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Comunicación; Costa Rica. Ministerio de Economía, Industria y ComercioSe instruye a las instituciones que conforman la Administración Pública Descentralizada para que adopten todas las acciones necesarias para garantizar ejercicio efectivo del derecho humano de acceso a la información pública, de forma proactiva, oportuna, oficiosa, completa y accesible.Item Directriz 070 Dirigida al Sector Público sobre la Eficiencia, Eficacia y Transparencia en la Gestión Presupuestaria de la Administración Pública(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de HaciendaCada Jerarca deberá velar por el uso racional, austero, eficaz y transparente de los recursos públicos de cada una de las instituciones del Estado en cumplimiento de sus metas, en beneficio del desarrollo económico y social del país.Item Decreto 40241 Incremento salarial general al Sector Público, rige a partie el 01 de enero 2017(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe otorga un incremento salarial general del 0,76 por ciento por concepto de costo de vida, a todos los y las trabajadoras públicas. Otorgar un ajuste técnico de un 0,24 por ciento al salario base del primer nivel salarial de la Escala de Sueldos de la Administración Pública, que corresponde a la clase Misceláneo de Servicio Civil 1. Para los niveles salariales siguientes, se aplicará una disminución gradual de este porcentaje de incremento (0,24 por ciento), hasta llegar al nivel 409 de dicha Escala de Sueldos, al cual se le aplicará solo un incremento de 0,76 por ciento correspondiente al costo de vida. Otorgar un 8,28 por ciento por concepto de salario escolar de conformidad con el artículo 1 inciso b) de la Resolución DG-011-2016 de fecha 19 de enero del dos mil dieciséis.Item Decreto 40199 Apertura de Datos Públicos(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaEl presente decreto establece la forma mediante la cual, los datos de carácter público, se ponen a disposición de la población como datos abiertos, con el propósito de facilitar su acceso, uso, reutilización y redistribución para cualquier fin lícito.Item Directriz 032-2015. Sobre el deber de las distintas instancias administrativas centrales de respetar el cumplimiento del principio de paridad en la designación de cargos públicos(Imprenta Nacional, 2015) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaTodas las instituciones que conforman la Administración Pública Central deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento del principio de paridad en el nombramiento de cargos públicos, resguardado, principalmente, en el artículo 33 de la Constitución Política, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Ley número 6968, y la Ley de Protección de la Igualdad Social de la Mujer, norma número 7142, con la finalidad de garantizar el trato digno hacia las mujeres, sin discriminación por motivo género y promover su participación en los puestos de naturaleza pública. De acuerdo con los principios de equidad de género, idoneidad comprobada y legalidad, la Administración Central tiene la obligación de llevar a cabo los nombramientos en cargos públicos con total apego a la normativa que rige el proceso de designación, a efectos de asegurar la participación de la mujer en condiciones de igualdad.Item Sobre el deber de la Administración Pública Central de respetar el cumplimiento de requisitos para el nombramiento de funcionarios públicos(Imprenta Nacional, 2015) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaDe acuerdo con los principios de legalidad e idoneidad comprobada, las diferentes instancias que conforman la Administración Pública central deberán llevar a cabo los respectivos nombramientos con total respeto a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, a efectos de garantizar el cumplimiento de atestados, así como el adecuado desempeño de la función pública. Las autoridades públicas encargadas de realizar el proceso de selección y nombramiento, tienen la obligación de comprobar la inexistencia de incompatibilidades para el ejercicio del puesto por nombrar. Cuando en razón de la naturaleza del cargo, corresponda al Presidente de la República juramentar a la persona designada, será necesario que la instancia competente remita a la Presidencia de la República, de previo a la juramentación, el expediente de dicha persona, con el objetivo de corroborar el cumplimiento de requisitos y la ausencia de incompatibilidades para el desempeño del cargo.