Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Ley N.º 9920. Ley para la Regulación de Eventos Deportivos en Vías Públicas(Imprenta Nacional, 2020) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.º 9920 regula la realización de eventos deportivos que requieran el cierre o uso temporal de vías públicas nacionales o cantonales, reconociendo su importancia para el desarrollo físico, intelectual y social de la población. Declara estos eventos de interés público y establece la obligación de las instituciones del Estado de promover su práctica para mejorar la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas, garantizando el acceso universal al deporte.Item Reglamento para el Financiamiento de Proyectos de Desarrollo con Fondos del Canon de Explotación de la Terminal de Contenedores de Moín y de la Contribución al Desarrollo Regional(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA)El reglamento, aprobado por Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), establece los procedimientos, requisitos, criterios y mecanismos para el uso de los recursos provenientes del canon de explotación de la Terminal de Contenedores de Moín y la contribución al desarrollo regional. Su objetivo es garantizar que estos fondos se destinen a proyectos que promuevan el desarrollo socioeconómico de la Región Huetar Caribe, mediante procesos técnicos, rigurosos y transparentes. Este reglamento se fundamenta en la Ley N.º 7762 (Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos) y la Ley N.º 3091 (Ley Orgánica de JAPDEVA)Item Resolución No. 0002129. “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”,en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Ruta 700 Ron Ron-Sucre”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLa construcción del proyecto denominado “Ampliación Ruta 700 Ron Ron-Sucre”. Declaración de interés público, respecto a la finca inscrita: 2-095267-000, situado en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela, un área de 1.668,00metros cuadrados, cuyos linderos se encuentran limitados en el plano catastrado N° A-2282156-2021, necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Ampliación ruta700 RonRon-Sucre”.Item Directriz 129. Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de Marzo de 2020, Sobre el Funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la Declaratoria de Emergencia Nacional por Covid-19”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe reforma el primer párrafo del Transitorio II para establecer que, entre el 19 de mayo de 2021 y el 31 de enero de 2022, la Administración Central deberá y la Administración Descentralizada es instada a retomar el plan de servicio básico de funcionamiento. Este plan debe asegurar la continuidad de funciones esenciales y el funcionamiento de las oficinas regionales y rurales que atienden al público. Durante este periodo, se autoriza que las instituciones requieran la asistencia presencial de hasta un 20% de su planilla total.Item Decreto 43372-MOPT-S. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo De 2020, denominado Restricción vehicular en Horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo El Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo estableció la aplicación de la restricción vehicular diurna a nivel nacional desde el 13 de abril de 2020 hasta el 15 de enero de 2022, sujeta a revisión según el comportamiento epidemiológico del COVID-19. Asimismo, de forma transitoria, se dispuso que entre el 20 de diciembre de 2021 y el 15 de enero de 2022 la restricción vehicular nocturna rigiera únicamente entre las 00:00 y las 04:59 horas, con las excepciones previstas en el decreto. Adicionalmente, se determinó que los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022 no se aplicaría la restricción vehicular nocturna en todo el territorio nacional.Item Decreto 43240. Actualización de Tarifas de acarreo y Custodia de Vehículos detenidos por Infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078, para El Año 2022(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente decreto tiene como objetivo la actualización de las tablas con los montos de las tarifas por acarreo y custodia de vehículos detenidos establecidas en los incisos a) y b) del artículo 2° del “Reglamento para el Cobro de Tarifas por Acarreo de Vehículos Detenidos por Infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078 y por su Custodia en los Depósitos Institucionales” No. 39098 del 2 de junio de 2015, para el año 2022, conforme lo establece el artículo 15 de dicho cuerpo normativo.Item Reglamento de gestión de Cobro Administrativo, extrajudicial, judicial del Instituto Costarricense de Ferrocarriles(Imprenta Nacional, 2021) Instituto Costarricense de Ferrocarriles; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan el cobro administrativo, extrajudicial y judicial de las obligaciones dinerarias de plazo no vencido y vencidas que se adeuden a favor del Instituto Costarricense de Ferrocarriles.Item Reglamento. Modificación al “Reglamento para la Atención de Situaciones Imprevisibles y el Procedimiento de Contratación aplicable”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo Nacional de Vialidad (Costa Rica)El Consejo Nacional de Vialidad, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 5° de la “Ley de Creación del CONAVI” Ley no. 7798 del 29 de mayo de 1998 y el artículo 132 de la “Ley General de la Administración Pública” Ley no. 6227 del 02 de mayo de 1978, y contando con la recomendación legal respectiva, procede a realizar una modificación a su reglamentación interna para la atención de las situaciones imprevisibles y el procedimiento de contratación aplicable.Item Decreto 43123. Reforma al Decreto Ejecutivo no 22483-Mopt, Reglamento Sobre las Dimensiones de los Derechos de Vía en los Ferrocarriles Nacionales(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto Ejecutivo N.° 43123 reforma el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N.° 22483-MOPT, Reglamento sobre las dimensiones de los derechos de vía en los ferrocarriles nacionales. La reforma tiene como finalidad actualizar y precisar las disposiciones técnicas y normativas relacionadas con la delimitación de los derechos de vía ferroviarios, con el objetivo de fortalecer la regulación de la infraestructura ferroviaria nacional y asegurar su adecuada gestión, planificación y protección conforme a las competencias del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.Item Ley 10063. Ley para el aprovechamiento y la disposición de los vehículos automotores de uso policial, servicios de seguridad, prevención y Emergencia y de Investigación(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe reforma el artículo 240 de la Ley 9078. Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012. Vehículos de uso policial, los de servicios de seguridad, prevención y emergencia y de investigación.
