Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Documentos varios. Exclusión de proyectos del PROERI mediante resolución administrativa(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (Costa Rica)La resolución emitida por la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias establece la exclusión de diversos proyectos del Programa de Emergencia para la Reconstrucción Integral y Resiliente de Infraestructura (PROERI), con base en criterios técnicos, legales y administrativos que justifican su improcedencia, tales como duplicidad de iniciativas, ejecución previa con otros fondos, inviabilidad técnica, falta de nexo causal o cambios en las condiciones que motivaron su inclusión. Asimismo, se respalda en la Ley N.° 10.456, que faculta la modificación de la cartera de proyectos, y en el análisis de documentación presentada por los organismos ejecutores, concluyéndose que existen razones suficientes para aprobar dichas exclusiones y ordenar su comunicación y publicación oficial, garantizando transparencia en la gestión del programa.Item Circular carta MOPT-2026-001 sobre prohibición del uso de dispositivos agregadores de peces (FADs)(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de la División Marítimo-PortuariaEl Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a través del ministro y el director general de la División Marítimo-Portuaria, emite la Circular Carta N.° MOPT-2026-001 mediante la cual se establece la prohibición absoluta del uso, instalación, transporte y aprovechamiento de dispositivos agregadores de peces (FADs) en aguas jurisdiccionales de Costa Rica. La circular, de acatamiento obligatorio, tiene alcance general y carácter preventivo, y sirve como fundamento probatorio para actuaciones de autoridades como Guardacostas y Capitanías de Puerto, con base en normativa nacional, el princípio precautorio ambiental y resoluciones de la Sala Constitucional.Item Documentos varios. Resolución carta MOPT-DVMP-2026-17 sobre verificación de identidad en instalaciones portuarias(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de la División Marítimo-PortuariaLa Dirección General de la División Marítimo-Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), mediante la Resolución Carta N.° MOPT-DVMP-2026-17 del 23 de marzo de 2026, establece una instrucción de acatamiento obligatorio dirigida a los operadores de instalaciones portuarias que atienden buques tipo crucero. La medida ordena la verificación del 100% de los documentos de identidad de los pasajeros al momento de ingreso, como parte de las disposiciones de seguridad marítima conforme al Convenio SOLAS y normativa nacional vigente, con el fin de fortalecer el control y la protección en instalaciones portuarias.Item Acuerdo No. 2026-0018. Junta Directiva del AYA sobre Asunción de la Asada Playa Sámara(Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en sesión ordinaria N.° 002-2026 del 18 de febrero de 2026, resolvió un recurso de apelación y aprobó el acuerdo para asumir la gestión de la ASADA de Playa Sámara. La decisión, comunicada el 20 de febrero de 2026, involucra a diversas dependencias institucionales y se enmarca en las competencias del AyA en la administración de sistemas de agua potable y saneamiento, incluyendo los gestionados por ASADAS, las cuales desempeñan un papel relevante en la distribución de agua en zonas rurales del paísItem Acuerdo N° 032-MOPT: Autorización de participación en taller regional sobre implementación del Código IGS(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Ministerio de Obras Públicas y Transportes autoriza al funcionario Darío Zúñiga Chaves, jefe del Departamento de Control de la Navegación, a participar de manera presencial en el Taller Regional sobre Implementación del Código IGS, que se llevará a cabo en la República de Panamá del 11 al 13 de marzo de 2026, conforme a la normativa vigente en materia administrativa y de viajes oficiales.Item Acuerdo N° 034-MOPT: Autorización de participación en curso regional de formación sobre investigación de siniestros marítimos(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Ministerio de Obras Públicas y Transportes autoriza a la funcionaria Shellsy González Ching, Técnico Náutico de la Capitanía de Puerto de Puntarenas, a participar de forma presencial en el Curso Regional de Formación de Formadores sobre Investigación de Siniestros Marítimos, que se llevará a cabo en Guatemala del 16 al 20 de marzo de 2026, conforme a la normativa vigente en materia administrativa y de viajes oficiales.Item Acuerdo N° 033-MOPT: Autorización de participación en curso de capacitación sobre gestion de riesgos de la IALA(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Ministerio de Obras Públicas y Transportes autoriza al MBA. Ángel Fabián Meneses Garro, director de la Dirección de Navegación y Seguridad Acuática, para participar en un curso de capacitación sobre el uso de herramientas de gestión de riesgos impartido por la IALA, que se realizará del 9 al 13 de marzo de 2026 en Panamá. La autorización se fundamenta en la normativa vigente relacionada con la administración pública, presupuesto nacional y reglamento de viajes.Item Acuerdo N.° 910-P: Autorización de vacaciones y nombramiento interino en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaLa Presidencia de la República autoriza el disfrute de vacaciones del ministro de Obras Públicas y Transportes, Efraím Zeledón Leiva, durante el periodo del 26 al 30 de diciembre de 2025. Asimismo, se designa de forma interina como ministro a Pablo Camacho Salazar, quien se desempeña como viceministro de Infraestructura, para garantizar la continuidad en la gestión institucional durante la ausencia del titular.Item Decreto Ejecutivo Nº 45530-Mopt. Reglamento para La Creación del Comité Nacional de Protección Marítima(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Poder Ejecutivo de Costa Rica establece el Reglamento para la creación del Comité Nacional de Protección Marítima, con el objetivo de fortalecer la seguridad y protección de las instalaciones portuarias y su interacción con los buques. El decreto promueve un sistema de gobernanza basado en la coordinación interinstitucional, la toma de decisiones conjunta, la comunicación efectiva entre actores y la mejora continua, en concordancia con el marco legal vigente y las competencias de las instituciones involucradas.Item Reglamento" Acuerdo N.° 2026-0055: Ampliación de la zona de competencia de la ASADA de Rivas para la administración del acueducto de San Antonio"(Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) analiza la situación del acueducto de San Antonio de Rivas, el cual era operado de forma irregular por un comité local sin convenio de delegación ni cumplimiento de requisitos técnicos básicos. Desde abril de 2025, la ASADA de Rivas de Pérez Zeledón asumió de hecho la administración, operación y mantenimiento del sistema, atendiendo a la necesidad comunitaria. Dado que no procede la aplicación del protocolo de fusión de ASADAS por tratarse de un sistema en condición irregular, se dispone someter el caso a la Junta Directiva para formalizar jurídicamente esta situación, mediante la ampliación de la zona de competencia de la ASADA y la adición correspondiente al convenio de delegación, conforme al reglamento vigente.
