Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Documentos varios. Exclusión de proyectos del PROERI mediante resolución administrativa(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (Costa Rica)La resolución emitida por la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias establece la exclusión de diversos proyectos del Programa de Emergencia para la Reconstrucción Integral y Resiliente de Infraestructura (PROERI), con base en criterios técnicos, legales y administrativos que justifican su improcedencia, tales como duplicidad de iniciativas, ejecución previa con otros fondos, inviabilidad técnica, falta de nexo causal o cambios en las condiciones que motivaron su inclusión. Asimismo, se respalda en la Ley N.° 10.456, que faculta la modificación de la cartera de proyectos, y en el análisis de documentación presentada por los organismos ejecutores, concluyéndose que existen razones suficientes para aprobar dichas exclusiones y ordenar su comunicación y publicación oficial, garantizando transparencia en la gestión del programa.Item Circular carta MOPT-2026-001 sobre prohibición del uso de dispositivos agregadores de peces (FADs)(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de la División Marítimo-PortuariaEl Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a través del ministro y el director general de la División Marítimo-Portuaria, emite la Circular Carta N.° MOPT-2026-001 mediante la cual se establece la prohibición absoluta del uso, instalación, transporte y aprovechamiento de dispositivos agregadores de peces (FADs) en aguas jurisdiccionales de Costa Rica. La circular, de acatamiento obligatorio, tiene alcance general y carácter preventivo, y sirve como fundamento probatorio para actuaciones de autoridades como Guardacostas y Capitanías de Puerto, con base en normativa nacional, el princípio precautorio ambiental y resoluciones de la Sala Constitucional.Item Documentos varios. Resolución carta MOPT-DVMP-2026-17 sobre verificación de identidad en instalaciones portuarias(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de la División Marítimo-PortuariaLa Dirección General de la División Marítimo-Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), mediante la Resolución Carta N.° MOPT-DVMP-2026-17 del 23 de marzo de 2026, establece una instrucción de acatamiento obligatorio dirigida a los operadores de instalaciones portuarias que atienden buques tipo crucero. La medida ordena la verificación del 100% de los documentos de identidad de los pasajeros al momento de ingreso, como parte de las disposiciones de seguridad marítima conforme al Convenio SOLAS y normativa nacional vigente, con el fin de fortalecer el control y la protección en instalaciones portuarias.Item Acuerdo No. 2026-0018. Junta Directiva del AYA sobre Asunción de la Asada Playa Sámara(Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en sesión ordinaria N.° 002-2026 del 18 de febrero de 2026, resolvió un recurso de apelación y aprobó el acuerdo para asumir la gestión de la ASADA de Playa Sámara. La decisión, comunicada el 20 de febrero de 2026, involucra a diversas dependencias institucionales y se enmarca en las competencias del AyA en la administración de sistemas de agua potable y saneamiento, incluyendo los gestionados por ASADAS, las cuales desempeñan un papel relevante en la distribución de agua en zonas rurales del paísItem Acuerdo N.° 910-P: Autorización de vacaciones y nombramiento interino en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaLa Presidencia de la República autoriza el disfrute de vacaciones del ministro de Obras Públicas y Transportes, Efraím Zeledón Leiva, durante el periodo del 26 al 30 de diciembre de 2025. Asimismo, se designa de forma interina como ministro a Pablo Camacho Salazar, quien se desempeña como viceministro de Infraestructura, para garantizar la continuidad en la gestión institucional durante la ausencia del titular.Item Decreto Ejecutivo Nº 45530-Mopt. Reglamento para La Creación del Comité Nacional de Protección Marítima(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Poder Ejecutivo de Costa Rica establece el Reglamento para la creación del Comité Nacional de Protección Marítima, con el objetivo de fortalecer la seguridad y protección de las instalaciones portuarias y su interacción con los buques. El decreto promueve un sistema de gobernanza basado en la coordinación interinstitucional, la toma de decisiones conjunta, la comunicación efectiva entre actores y la mejora continua, en concordancia con el marco legal vigente y las competencias de las instituciones involucradas.Item REG. Reglamento de Organización de la Comisión Interinstitucional del Fideicomiso INCOP-ICT-BNCR.(Imprenta Nacional, 2026) INCOP (Costa Rica)El Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) aprobó, mediante acuerdo N.° 4 tomado por su Junta Directiva en la sesión N.° 4514 del 6 de febrero de 2026, el Reglamento de Organización de la Comisión Interinstitucional del Fideicomiso INCOP-ICT-BNCR, versión 3. El acuerdo establece que el documento completo puede consultarse en el sitio web institucional y que su vigencia rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, conforme a los oficios emitidos por la Secretaría de la Junta Directiva y la Gerencia General del INCOP.Item REG. “Reforma al Reglamento Interno de la Junta Directiva de JAPDEVA”(Imprenta Nacional, 2026) JAPDEVA (Costa Rica)La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) informó que su Consejo de Administración, en sesión extraordinaria N.° 001-2026 del 13 de enero de 2026, mediante el acuerdo N.° 012-2026, aprobó la reforma al Reglamento Interno de la Junta Directiva. Esta modificación se fundamenta en las atribuciones que le otorga la normativa institucional para aprobar reglamentos necesarios para el funcionamiento de la institución. Asimismo, se indica que el reglamento había sido modificado anteriormente mediante acuerdo N.° 498-2023 en diciembre de 2023, relacionado con cambios en algunos artículos del reglamento.Item Directriz N°055-MIDEPLAN-MTSS-MOPT. Aplicación de la Figura del Teletrabajo ante los Problemas de Congestión y Embotellamiento en el Tráfico por el Desarrollo de Proyectos Viales(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLa Directriz No. 055 establece, como medida urgente y excepcional, la implementación del teletrabajo en la Administración Pública Central y se invita a la Descentralizada, asi como a otros poderes e instituciones estatales y al sector privado, a aplicarlo en los puestos que lo permitan, con el fin de mitigar la congestión vehicular generada por proyectos viales en ejecución que afectan principalmente cantones de Alajuela, Heredia, Cartago y Curridabat; asimismo, dispone que se garantice la continuidad del servicio público, se establezcan mecanismos de control y seguimiento del desempeño, se apliquen medidas disciplinarias en caso de incumplimiento, deroga la Directriz 054 y rige hasta el 28 de febrero de 2027, con posibilidad de prórroga.Item Ley 10839. Cuarto presupuesto extraordinario de la república para el ejercicio económico 2025 y cuarta modificación legislativa de la ley de la ley n.0 10.620, ley de presupuesto ordinario y extraordinario de la república para el ejercicio económico 2025, del 6 de diciembre de 2024(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.° 10839 aprueba el cuarto presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2025 y la cuarta modificación legislativa a la Ley N.° 10620, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2025. Mediante esta normativa se modifican los incisos A, B y C del artículo 1 de la citada ley, con el fin de ajustar las asignaciones presupuestarias conforme a las necesidades del sector público. La ley fue emitida por la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica el 6 de diciembre de 2024.
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