Legislación
Permanent URI for this communityhttps://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/470
Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
Browse
163 results
Search Results
Item Aumento Salarial base a todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2014(Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2014, consistente en un 0,43 por ciento. Adicional al 0,43 por ciento autorizado en el artículo 1o. anterior, se aplicará un 1 por ciento únicamente a los funcionarios públicos con salarios base iguales o inferiores a los 381.200 colones, quedando, por tanto, un incremento de 1,43 por ciento en el salario base para el primer semestre del año 2014, para este grupo de servidores. Se mantiene el 8,19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.Item Incremento general de salarios, a partir del 1o. de julio del 2014, al Sector Público(Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe otorga a partir del 1o. de julio del 2014, un incremento general de salarios por concepto de costo de la vida de un 4 por ciento a los servidores públicos. Adicionalmente a dicho aumento general, otorgar un incremento salarial de un 1,14 por ciento al salario base de primer nivel salarial de la Escala de Sueldos de la Administración Pública, que corresponde a la clase Misceláneo de Servicio Civil 1, de manera que el incremento salarial total a la base de esta clase de puesto sea un 5,14 por ciento. Se ratifica el derecho de los trabajadores y trabajadoras públicas, a continuar percibiendo el salario escolar, en las condiciones legales que hasta la fecha han prevalecido (8,19 por ciento).Item Actualización de tramos de renta para el impuesto al salario, período fiscal 2013(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de HaciendaLos índices de Precios al Consumidor experimentó una variación anualizada entre agosto del 2011 y agosto 2012 de un 4,23 por ciento se considera apropiada para indexar los montos de los tramos y créditos fiscales para el período fiscal 2013, dado que no se dispone de la variación del mes de setiembre del 2012. Para facilitar la adecuada gestión y administración del impuesto, es conveniente redondear los montos de los tramos de las rentas que se obtengan con la aplicación del citado índice, y de los créditos fiscales.Item Se autoriza un aumento general al salario base a todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2013(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2013, consistente en un 1.84 por ciento. Adicional a ello, se aplicará un 1 por ciento a la base a los funcionarios públicos con salarios base iguales o inferiores a los 275.150 colones, quedando un incremento de 2.84 por ciento en el salario base para el primer semestre del año 2013, para este grupo de servidores. Se mantiene el 8.19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.Item Fijación de salarios mínimos para el sector privado que regirán a partir del 1o de enero de 2013(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialFíjense los salarios mínimos que regirán en todo el país a partir del 1o. de enero del 2013.Item Directrices generales en materia salarial, empleo y clasificación de puestos para las entidades públicas, ministerios y demás órganos, según corresponda cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2014(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de HaciendaEstas directrices serán aplicables a las entidades públicas, ministerios y demás órganos, cubiertos por el ámbito de la AP, sin perjuicio de las disposiciones establecidas por la DGSC para aquellas cubiertas por el Régimen de Servicio Civil dentro del marco de su competencia. La AP cuando corresponda, autorizará y hará extensivos los incrementos salariales que disponga el Poder Ejecutivo...Item Fijación de salarios mínimos para el Sector Privado que regirán a partir del 1o. de julio de 2013(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialFijanse los salarios mínimos que regirán en todo el país a partir del 1o. de julio del 2013.Item Se autoriza un aumento general al salario base a todos los servidores públicos, para el segundo semestre del año 2013(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base a todos los servidores públicos, para el segundo semestre del año 2013, consistente en un 3,24 por ciento. Este incremento general de salarios de 3.24 por ciento, rige a partir del 1 o. julio del 2013 y corresponde a segundo semestre del mismo año, el cual se pagará en la segunda quincena del mes de agosto del año en curso, excepto para el sector educación que será pagado en la segunda quincena del mes de setiembre de 2013.Item Actualización de tramos de renta para el impuesto al salario, período fiscal 2011(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe modifican los tramos de las rentas establecidas en los apartados a)b) y c) del artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta No.7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, actualizados mediante Decreto Ejecutivo N.35546-H de 10 de setiembre de 2009.Item Fijación de salarios mínimos para el sector privado que regirán a partir del 1o. de enero de 2011(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe fijan los salarios mínimos para el sector privado, que regirán en todo el país a partir del 1o. de enero del 2011.