Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Directriz N° 2024-001. Marco para el gobierno y gestión de los procesos de los servicios de matrícula para pruebas teóricas y pruebas prácticas para obtener la licencia de conducir(Imprenta Nacional, 2024) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesArtículo 1º: La presente directriz tiene por objeto fungir como marco para el gobierno y gestión de los procesos relacionados con los servicios de matrícula para pruebas teóricas y pruebas prácticas para obtener la licencia de conducir. Pretende identificar la estructura organizativa con los actores involucrados, su participación a nivel de responsabilidad y autoridad; así como sus interrelaciones. Asimismo, definir tanto las actividades para el mantenimiento de dichos procesos, su supervisión e identificación, así como la construcción de soluciones oportunas, de conformidad con los recursos disponibles y la demanda de los servicios presentada.Item Ley 10402. Ley para regular la pérdida de la licencia como infracción de tránsito por la participación en carreras de vehículos automotores en las vías públicas(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Asamblea legislativaLa Ley N.° 10402 de la República de Costa Rica reforma la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley N.° 9078) para sancionar con mayor severidad la participación en carreras ilegales de vehículos automotores en vías públicas. La normativa introduce el artículo 123 bis, que prohíbe expresamente estas competencias de velocidad, y modifica los artículos 136, 139 y 141 para fortalecer el sistema de penalización mediante la acumulación de puntos, la suspensión o cancelación de licencias y el decomiso de vehículos. Esta ley busca proteger la seguridad vial, prevenir conductas temerarias y reducir el riesgo de accidentes ocasionados por estas prácticas ilegales.Item Ley 9680. Modificación de la ley no. 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012.(Imprenta Nacional, 2019) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe reforma el inciso b) del artículo 136 del título IV, Reglas para la conducción de vehículos y uso de las vías públicas; capítulo II, Sistema de puntos contenidos en la Ley no. 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012.Item Ley 9460 Reforma de la Ley no. 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe realizan modificaciones en las disposiciones para las licencias de conducir clase B, también, modificaciones en los estacionamientos, en prohibiciones para la circulación de vehículos, además, en la inmovilización del vehículo por retiro de placas, asimismo, en el control sobre la presencia de alcohol u otras drogas, finalmente, se reforma las disposiciones en los conductores de vehículos de carga.Item Reglamento de evaluaciones prácticas de manejo para la obtención de Licencias de conducir(Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente Reglamento regula las evaluaciones prácticas de manejo para la obtención de Licencias de Conducir.Item Procedimiento y requisitos para optar el beneficio de disminución del plazo de suspensión de conductores por acumulación de puntos(Imprenta Nacional, 2016) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente Reglamento establece la regulación a efectos de establecer los trámites y requisitos para solicitar el beneficio de disminución de plazo de suspensión de conductores por acumulación de puntos y las instancias administrativas competentes para conocer las solicitudes y otorgar y ejecutar el beneficio.Item Reglamento sobre los Tipos de Vehículos a utilizar en la realización de los Exámenes Prácticos de Manejo, para la obtención de la Correspondencia Licencia de Conducir y Posterior Operación de los Vehículos automotores(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesTodo aspirante a la obtención de una licencia para la conducción de vehículos, a que se refieren los artículos 68 y 69 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No.7331 y sus reformas, deberá someterse a un examen práctico de manejo en vehículos automotores de transmisión manual, automática y semiautomática, y quién sea evaluado como Apto para la conducción obtendrá la licencia, de acuerdo al tipo solicitado.Item Ley 8709 Regulación de las escuelas de manejo(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa presente Ley tiene por objeto establecer las normas básicas a las que deben someterse, en todo el territorio nacional, las escuelas públicas o privadas, dedicadas a la enseñanza de la conducción de vehículos automotores.Item Modificación al artículo 4 del Decreto Ejecutivo No.22851-MOPT denominado Reglamento sobre los tipos de vehículos a utilizar en la realización de exámenes prácticos para la obtención de licencias para conducir(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLas bicimotos y motocicletas a utilizar para la realización de la prueba práctica de manejo, para la obtención de las licencias Tipo A deberán ser de transmisión mecánica (no automática), salvo los vehículos denominados scooter que en razón de las especificaciones constructivas del fabricante sólo poseen transmisión automática. Además, deberán ser de dos ruedas; estar comprendidas dentro de la cilindrada a que se refiere el artículo 69 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No.7331 y sus reformas; y equipadas con todos los requisitos mecánicos y de seguridad dispuestos por la normativa vigente.Item Decreto 34865 Modificación al Reglamento sobre los tipos de vehículos a utilizar en la realización de la obtención de licencias para conducir, Decreto No.22851-MOPT(Imprenta Nacional, 2008) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe establecen disposiciones respecto a la utilización de vehículos de transmisión manual y mecánica (no automática), para la obtención de licencias de conducir.
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