Reforma al artículo 17 de la Ley No.5582 del 11 de Octubre de 1974, (Préstamo suscrito por el gobierno de la República de Costa Rica y el Banco de Exportación e Importación de Tokio, Japón, para la construcción del Puerto Caldera

dc.contributor.authorCosta Rica. Asamblea Legislativa
dc.date.accessioned2017-04-06T20:03:28Z
dc.date.available2017-04-06T20:03:28Z
dc.date.issued1993
dc.descriptionSe reforma la Ley No.5582 del 11 de Octubre de 1974,Publicado en La Gaceta no. 169, 03 setiembre de 1993
dc.description.abstractSe acuerda cobrar un tributo por cada tonelada que se movilice en el Puerto Caldera, el mismo será administrado por el INCOP.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/500
dc.publisherImprenta Nacional
dc.subjectPUERTO CALDERA
dc.subjectINCOP
dc.subjectMUNICIPALIDAD DE ESPARZA
dc.subjectPU
dc.subjectL-7353
dc.titleReforma al artículo 17 de la Ley No.5582 del 11 de Octubre de 1974, (Préstamo suscrito por el gobierno de la República de Costa Rica y el Banco de Exportación e Importación de Tokio, Japón, para la construcción del Puerto Caldera
dc.title.alternativeLeyes, decretos, etc.

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