Ley 10119. Condonación de Las Deudas acumuladas Relacionadas al Pago del Marchamo
Date
2022
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Imprenta Nacional
Abstract
Se adiciona un transitorio V a la Ley 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo Arancelario y Aduanero
Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987.Los sujetos pasivos de tributos, timbres, seguros y cánones administrados por el Ministerio de Hacienda, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el Consejo de Seguridad Vial (CSV), el Consejo de Transporte Público (CTP) y el Instituto Nacional de Seguros (INS) correspondientes al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, creado por el artículo 9 de la Ley 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987, y sus demás rubros, que tengan pendientes períodos anteriores al año 2021 inclusive, tendrán condonación total del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones, siempre que se cancele lo correspondiente al período 2022 dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de esta ley. La condonación será efectiva con el solo pago del derecho de circulación correspondiente al año 2022.
Description
Publicado en La Gaceta no.13 alcance no. 11 del 21 de enero del 2022
Keywords
DERECHO DE CIRCULACIÓN, VEHICULOS, L-10119, CONDONACION, CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (CSV), CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO (CTP), INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS), Costa Rica. Ministerio de Hacienda, INSTITUTO DE FOMENTO ,Y ASESORÍA MUNICIPAL (IFAM)