Reglamento al artículo 148 del Código de Trabajo (Días Feriados)

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Date

1996

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Publisher

Imprenta Nacional

Abstract

Los trabajadores profesantes de religiones distintas a la católica, podrán solicitar a su patrono el otorgamiento de hasta 4 días libres al año para celebrar las festividades propias de su religión y el patrono estará obligado a concederlos.

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Publicado en La Gaceta no. 211, 04 noviembre de 1996

Keywords

RELIGIONES, DIAS FESTIVOS, CULTO, VACACIONES, TRABAJADORES, CODIGO DE TRABAJO, D-25570

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