Reforma parcial al Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre

dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de la Presidencia
dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de la Presidencia
dc.contributor.authorInstituto Costarricense de Turismo
dc.date.accessioned2017-04-06T20:07:33Z
dc.date.available2017-04-06T20:07:33Z
dc.date.issued2013
dc.descriptionPublicado en La Gaceta no. 176, 13 setiembre del 2013
dc.description.abstractLa Contraloría General de la República en su informe DFOE-ED-71-2008, señala que la competencia del ICT como superior y general vigilante de la Zona Marítimo Terrestre en los términos del artículo 2o. de la Ley, se manifiesta entre otras cosas, en su capacidad de promover la emisión de las leyes o decretos ejecutivos necesarios para regular en general la zona marítimo terrestre, así como emitir los actos administrativos conforme a su investidura, de acuerdo al interés público de bien demanial tulelado. Mediante esta regulación se pretende solventar la problemática social y económica de ciertos ocupantes y pobladores de la Zona Maritímo Terrestre, así como brindarles seguridad jurídica.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3149
dc.publisherImprenta Nacional
dc.subjectZONA MARITIMO TERRESTRE
dc.subjectCANONES
dc.subjectTURISMO
dc.subjectHOTELES
dc.subjectMUNICIPIOS
dc.subjectMUNICIPALIDADES
dc.subjectD-37882
dc.titleReforma parcial al Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre
dc.title.alternativeLeyes, decretos, etc.

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