Decreto 43003. Restricción sanitaria vehicular temporal del 19 al 30 de mayo de 2021 para todo el territorio nacional debido el estado de emergencia nacional por el COVID-19

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Date

2021

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Imprenta Nacional

Abstract

La presente medida de restricción vehicular temporal, se realiza con el objetivo de fortalecer las acciones para mitigar la exposición y la propagación de las personas al COVID-19 y para disminuir el daño a la salud pública ante los efectos de dicha enfermedad. Asimismo, esta medida se adopta como parte del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y en procura del bienestar de todas las personas que habitan en el país. De manera tal que durante el período que abarca del miércoles 19 de mayo al domingo 30 de mayo de 2021, inclusive, y en el horario comprendido entre las 05:00 horas y las 20:59 horas, únicamente se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional según el número final (último dígito) de la placa de circulación vehicular o del permiso especial de circulación AGV en pares o impares según corresponda.

Description

Publicado en el Alcance Digital no. 98, a La Gaceta no. 85, 19 de mayo de 2021.

Keywords

D-43003, RESTRICCION VEHICULAR, COVID-19, EMERGENCIA NACIONAL

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