Decreto 42577. Reforma al Decreto Ejecutivo número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020, denominado restricción vehicular en horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19

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Date

2020

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Imprenta Nacional

Abstract

Durante los días lunes a viernes, inclusive, y en el período comprendido entre las 22:00 horas y las 04:59 horas, no se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional, salvo las excepciones contempladas en el artículo 4° del presente Decreto Ejecutivo. En el caso de los días sábado y domingo, inclusive, y en el período comprendido entre las 20:00 horas y las 04:59 horas, no se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional, salvo las excepciones contempladas en el artículo 4° de este Decreto Ejecutivo.”

Description

Publicado en el Alcance No. 229, a La Gaceta No. 217, 29 de agosto de 2020

Keywords

D-42577, D-42253, D-42227, RESTRICCIÓN VEHICULAR, CARRETERAS, PLACAS DE MATRICULA, COVID-19

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