Decreto 39793 Implementación de los horarios escalonados y la jornada acumulativa voluntaria en la Administración Central

dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
dc.date.accessioned2017-04-06T20:07:59Z
dc.date.available2017-04-06T20:07:59Z
dc.date.issued2016
dc.descriptionPublicado en el Alcance no. 120 a La Gaceta no. 134, 12 julio del 2016.
dc.description.abstractEl presente decreto ejecutivo establece a los Ministerios y sus órganos adscritos ubicados dentro del Area Metropolitana de San José deberán aplicar un horario escalonado de ingreso y salida de la jornada laboral de sus funcionarios, medida que será implementada hasta el 30 de noviembre del 2016 y la cual podrá ser prorrogada por periodos adicionales de seis meses. Se establecen tres rangos de horario de ingreso de la jornada laboral de los funcionarios, los cuales son los siguientes: a. 6:30 horas b. 8:00 horas c.9:30 horas.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3446
dc.publisherImprenta Nacional
dc.subjectHORARIOS
dc.subjectHORARIOS ESCALONADOS
dc.subjectFUNCIONARIOS PUBLICOS
dc.subjectMINISTERIOS
dc.subjectADMINISTRACION CENTRAL
dc.subjectJORNADA ACUMULATIVA
dc.subjectD-39793
dc.titleDecreto 39793 Implementación de los horarios escalonados y la jornada acumulativa voluntaria en la Administración Central
dc.title.alternativeLeyes, decretos, etc.

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