Fijación del porcentaje que las empresas públicas del Estado deben aportar para fortalecer el régimen de invalidez, vejez y muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social

dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
dc.date.accessioned2017-04-06T20:07:17Z
dc.date.available2017-04-06T20:07:17Z
dc.date.issued2012
dc.descriptionPublicado en el Alcance no. 71 a La Gaceta no. 103, 29 mayo del 2012.
dc.description.abstractSe establece en forma gradual la contribución que las empresas públicas del Estado deben aportar con el propósito de fortalecer el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social, en cuanto a su financiamiento y para universalizar la cobertura de la Caja Costarricense del Seguro Social a los sectores de trabajadores no asalariados en condiciones de pobreza, según lo estipulado en el artículo 78, Ley No.7983, Ley de Protección al Trabajador de la siguiente manera: Un 5 por ciento del año 2013, un 7 por ciento a partir del año 2015 y un 15 por ciento a partir del año 2017.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2977
dc.publisherImprenta Nacional
dc.subjectCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
dc.subjectREGIMEN DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
dc.subjectPENSIONES
dc.subjectD-37127
dc.titleFijación del porcentaje que las empresas públicas del Estado deben aportar para fortalecer el régimen de invalidez, vejez y muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social
dc.title.alternativeLeyes, decretos, etc.

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