Decreto 42266. Normas para la aplicación de la Dedicación Exclusiva para las instituciones y empresas públicas, cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

dc.contributor.authorCosta Rica. Ministerio de Hacienda
dc.date.accessioned2020-09-30T20:13:52Z
dc.date.available2020-09-30T20:13:52Z
dc.date.issued2020
dc.descriptionPublicado en el Alcance No. 258, a La Gaceta No.240, 30 de setiembre de 2020.es_ES
dc.description.abstractSe entiende por “Dedicación exclusiva”, el régimen de naturaleza contractual que surge por iniciativa de la Administración cuando se identifica la necesidad de que quien ostente un cargo público se desempeñe en ese puesto de manera exclusiva, lo cual implica que no ejerza su profesión liberal ni profesiones relacionadas con dicho cargo en ninguna otra institución pública o privada, por un periodo de tiempo definido. Es de carácter potestativo y únicamente podrá ser otorgada a los funcionarios del sector público que firmen el respectivo contrato. Su compensación económica se otorga dependiendo del grado académico y las características del puesto.es_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4414
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherImprenta Nacionales_ES
dc.subjectD-42266es_ES
dc.subjectD-23669es_ES
dc.subjectSALARIOSes_ES
dc.subjectFUNCIONARIOS PUBLICOSes_ES
dc.subjectDEDICACION EXCLUSIVAes_ES
dc.titleDecreto 42266. Normas para la aplicación de la Dedicación Exclusiva para las instituciones y empresas públicas, cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.es_ES
dc.typeLegislationes_ES

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