Reglamento para la ordenación horaria de la circulación de vehículos pesados

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Date

2013

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Imprenta Nacional

Abstract

Todo vehículo automotor de carga, con un peso superior al máximo permitido para el vehículo tipo C2+ (6 toneladas), según el Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga, Decreto Ejecutivo No.31363-MOPT, no debe circular, de lunes a viernes, en el horario y Rutas estipuladas. Con ocasión de la celebración de festividades y fechas especiales, igualmente se prohíbe la circulación entrando a San José de los vehículos descritos en el artículo 1o. del presente Decreto, en las fechas y rutas indicadas.

Description

El presente decreto deroga el Decreto Ejecutivo No.34583-MOPT publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.123, del 26 de junio del 2008. =500 ,Es derogado por el Decreto Ejecutivo No.38238 del 28 de abril del 2014, Gaceta No.80.,Publicado en La Gaceta no. 124, 28 junio del 2013

Keywords

VEHICULO PESADO, VEHICULO DE CARGA PESADA, RESTRICCION VEHICULAR, DIAS FESTIVOS, FERIADOS, TIEMPOS DE RODAJE, D-37727

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