Autoriza Dirección General de Tránsito a remover vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado (Art.44 Ley Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos No.7593 ARESEP)

dc.contributor.authorAutoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Costa Rica)
dc.date.accessioned2017-04-06T20:06:48Z
dc.date.available2017-04-06T20:06:48Z
dc.date.issued2004
dc.descriptionPublicado en La Gaceta no. 36, 20 febrero del 2004
dc.description.abstractSe faculta a la Dirección General de la Policía de Tránsito, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para remover los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2656
dc.publisherImprenta Nacional
dc.subjectVEHICULOS
dc.subjectDIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITO
dc.subjectTRANSITO
dc.subjectARESEP
dc.subjectRES-3333-2004
dc.titleAutoriza Dirección General de Tránsito a remover vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado (Art.44 Ley Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos No.7593 ARESEP)
dc.title.alternativeLeyes, decretos, etc.

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