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    Decreto No 43646-Mopt-Minae -S. “Reforma al artículo 7 del Decreto Ejecutivo N.º 43166-MOPT-MINAE-S sobre estándares de emisiones vehiculares”
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Salud
    El Decreto Ejecutivo N.º 43646-MOPT-MINAE-S reforma el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N.º 43166-MOPT-MINAE-S del 11 de agosto de 2021, con el fin de actualizar los estándares de emisiones aplicables al ingreso de vehículos nuevos y usados al territorio nacional. Se establece que los automóviles y vehículos de carga liviana de hasta 3.500 kilogramos de peso bruto vehicular deberán cumplir como mínimo con el estándar de emisiones Euro IV, TIER II o superior. Asimismo, a partir del 1.º de enero de 2027 será obligatorio el cumplimiento del estándar Euro VI, TIER III o superior. La disposición rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
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    Decreto 41580. Reglamento para Vehículos Eléctricos
    (Imprenta Nacional, 2019) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Justicia y Paz; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía
    El presente reglamento tiene como objeto regular la emisión del distintivo para la identificación de los vehículos eléctricos o con tecnologías cero emisiones a los que hace referencia la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, Ley número 9518, del 25 de enero de 2018.
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    Decreto 37822 Modificación al Decreto Ejecutivo No.33096-H-MINAE-MOPT
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Que si bien es cierto, mediante Decreto Ejecutivo No.33096 publicado en La Gaceta No.96 del 19 de mayo del 2006, se tuvo como propósito incentivar la utilización del uso de vehículos híbridos-eléctricos como parte del uso de tecnologías limpias, mediante la disminución del impuesto selectivo de consumo, durante la aplicación de este Decreto se ha advertido que la demanda de los vehículos híbridos es relativamente escaso, por lo que en aras del cumplimiento de la meta de carbono neutro fijada en el año 2007, se hace necesario modificar el Decreto Ejecutivo No.33096, a fin de promover de forma inicial la utilización de los vehículos híbridos, y de incentivar al Sector Público a contribuir de forma activa en este proceso hacia la carbono neutralidad del país.