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    Decreto 39323 Adicionar una frase final al artículo 4 del Reglamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, Decreto No. 39303-MOPT-H
    (Imprenta Nacional, 2015) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Dice: Artículo 4: Monto de la cobertura del Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores. El límite del monto básico de cobertura por persona se define en seis millones de colones.
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    Decreto 39303 Reglamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores
    (Imprenta Nacional, 2015) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Salvo los casos de excepción previstos por el artículo 58 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N° 9078 del 4 de octubre del 2012, estarán obligados a suscribir el seguro obligatorio para vehículos automotores, en los términos definidos por dicha Ley y este Reglamento, las siguientes personas: I. Todas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, en su condición de propietarios de vehículos automotores que circulen dentro del territorio nacional. II. Las personas físicas o jurídicas que se dediquen o tengan para la venta vehículos automotores, nuevos o usados, o ensamblados en la etapa de bien final. III. Los propietarios o conductores de vehículos de matrícula extranjera que ingresen provisionalmente al país o los vehículos que sean propiedad de cualesquier residente temporal. IV. Las personas físicas o jurídicas que tengan para la exhibición vehículos automotores destinados a circular dentro del territorio nacional.
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    Decreto 39385 La creación de la Comisión Mixta para la construcción de la Ruta Nacional Número 257, Sección Sandoval-Moín, Provincia de Limón
    (Imprenta Nacional, 2015) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    El presente Decreto tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Comisión Mixta para la Construcción de la Ruta Nacional número 257, Sección Sandoval-Moín, provincia de Limón, en adelante la Comisión.
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    Decreto 38722 Actualizase la lista de valores de los vehículos, así como los montos de valor y la tasa mínima
    (Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Actualízase la lista de valores de los vehículos, así como los montos de valor y la tasa mínima, establecida en el numeral 19 del literal f9 del artículo 9 de la Ley No.7088 de 30 de noviembre de 1987 y sus reformas, para que diga: Las tarifas establecidas son progresivas. El impuesto se pagará sobre el valor que tengan, en el mercado interno, en enero de cada año, los vehículos, las aeronaves o las embarcaciones de recreo, según lista que el Poder Ejecutivo emitirá, por decreto para cada marca, año, carrocería y estilo.
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    Reglamento del Consejo de Puestos Fronterizos Terrestres
    (Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Comercio Exterior; Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Agricultura y Ganadería; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Ministerio de Gobernación y Policía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas con el funcionamiento del Consejo de Puestos Fronterizos Terrestres (en adelante Consejo), creado al amparo del artículo 3o. de la Ley No.9154 del 3 de julio de 2013.
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    Decreto 37822 Modificación al Decreto Ejecutivo No.33096-H-MINAE-MOPT
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Que si bien es cierto, mediante Decreto Ejecutivo No.33096 publicado en La Gaceta No.96 del 19 de mayo del 2006, se tuvo como propósito incentivar la utilización del uso de vehículos híbridos-eléctricos como parte del uso de tecnologías limpias, mediante la disminución del impuesto selectivo de consumo, durante la aplicación de este Decreto se ha advertido que la demanda de los vehículos híbridos es relativamente escaso, por lo que en aras del cumplimiento de la meta de carbono neutro fijada en el año 2007, se hace necesario modificar el Decreto Ejecutivo No.33096, a fin de promover de forma inicial la utilización de los vehículos híbridos, y de incentivar al Sector Público a contribuir de forma activa en este proceso hacia la carbono neutralidad del país.