Decretos
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Item Decreto No. 43426. Reforma al Decreto Ejecutivo Número 42295-Mopt-S Del 11 de abril De 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludLa presente reforma a la medida de restricción vehicular emitida en el Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, se realiza con el objetivo de fortalecer las acciones para mitigar la propagación y el daño a la salud pública ante los efectos del COVID-19. Asimismo, esta medida de ampliación se adopta como parte del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y en procura del bienestar de todas las personas que radican en el territorio costarricense. La medida de restricción vehicular diurna contemplada en el presente Decreto Ejecutivo, se aplicará a partir de las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 a las23:59 horas del 6 de marzo de 2022, inclusive. La vigencia de la presente medida será revisada y actualizada de conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19.”Item Decreto 43389. Reforma a la Regulación de la Restricción Vehicular por la Emergencia Sanitaria COVID-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio I.A.de SaludEl Decreto Ejecutivo 43389 modifica las disposiciones sobre la restricción vehicular diurna y nocturna establecidas en los Decretos 42253-MOPT-S y 42295-MOPT-S, con el fin de reforzar las medidas sanitarias frente a la pandemia por COVID-19 en el marco del estado de emergencia nacional. La reforma ajusta los horarios de circulación permitida entre el 11 y el 23 de enero de 2022, definiendo franjas específicas para la restricción diurna (05:00 a 21:59) y nocturna (22:00 a 04:59), manteniendo las excepciones previamente establecidas y asegurando la aplicación temporal coordinada en todo el territorio costarricense.Item Decreto 43372-MOPT-S. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo De 2020, denominado Restricción vehicular en Horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo El Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo estableció la aplicación de la restricción vehicular diurna a nivel nacional desde el 13 de abril de 2020 hasta el 15 de enero de 2022, sujeta a revisión según el comportamiento epidemiológico del COVID-19. Asimismo, de forma transitoria, se dispuso que entre el 20 de diciembre de 2021 y el 15 de enero de 2022 la restricción vehicular nocturna rigiera únicamente entre las 00:00 y las 04:59 horas, con las excepciones previstas en el decreto. Adicionalmente, se determinó que los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022 no se aplicaría la restricción vehicular nocturna en todo el territorio nacional.
