Directrices
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Item Directriz 082 Dirigida al Sector Público(Imprenta Nacional, 2017) Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaDebe el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) cumplir con sus obligaciones de vigilar y sancionar, de conformidad con la Ley no.7331, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, a quien preste servicio de transporte remunerado de personas sin las autorizaciones correspondientes y en cualquier otra forma contraria a la Ley. En igual sentido, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 7593, el MOPT deberá coordinar con la Autoridad Reguladora del servicio público de transporte remunerado de personas, para que la ARESEP pueda establecer los procedimientos administrativos que por ley le corresponden, de conformidad con su marco normativo aplicable.