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    Directriz N.º 037-MIDEPLAN-MTSS. Concesión de vacaciones a las personas servidoras públicas durante la Semana Santa 2024
    (Imprenta Nacional, 2024) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
    La Directriz N.º 037-MIDEPLAN-MTSS (2024) concede a las personas servidoras públicas, a título de vacaciones, los días 25, 26 y 27 de marzo de 2024 con motivo de la Semana Santa. Faculta a los jerarcas institucionales para garantizar la continuidad de los servicios esenciales y mantener disponible el personal necesario para la atención de emergencias. Invita además a otros poderes del Estado, municipalidades, universidades y entes públicos con autonomía a aplicar la misma medida según sus posibilidades.
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    Directriz N° 030-PLAN-MTSS. Lineamientos conjuntos entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de empleo público.
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
    La Directriz N° 030-PLAN-MTSS, emitida por el Poder Ejecutivo, tiene como objetivo establecer lineamientos conjuntos entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en materia de empleo público. Se fundamenta en las disposiciones de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Salarios de la Administración Pública, la Ley Marco de Empleo Público y sus reglamentos. La directriz busca coordinar la aplicación de políticas, procedimientos y criterios técnicos relacionados con la gestión, planificación y regulación del empleo público en Costa Rica, garantizando coherencia institucional y eficiencia administrativa.
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    Diretriz 028-PLAN. “Lineamientos generales para el establecimiento de requisitos mínimos en la elaboración de manuales de puestos.”
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    La Directriz N° 028-PLAN, emitida por el Presidente de la República y la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, establece los lineamientos generales para definir los requisitos mínimos en la elaboración, modificación y actualización de los manuales de puestos de las instituciones bajo la rectoría del Sistema General de Empleo Público, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Empleo Público N° 10159 y su reglamento. Se instruye a las Oficinas de Gestión Institucional de Recursos Humanos (OGEREH) a aplicar dichos lineamientos, armonizando los procesos de planificación de recursos humanos y la clasificación de puestos. Asimismo, se dispone que las entidades bajo el Régimen de Servicio Civil continúen utilizando la guía de la DGSC, mientras que las demás podrán adoptarla como referencia. La directriz rige a partir de su publicación en La Gaceta.
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    Directriz N° 024-MP-MIDEPLAN-MTSS-MOPT. Prórroga instauración del teletrabajo ante la afectación por el cierre de La Galera y la autopista Florencio del Castillo
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Mediante esta directriz se prorroga la aplicación de la Directriz N.° 015-MP-MIDEPLAN-MTSS-MOPT hasta el 28 de febrero de 2024. Se instruye a la Administración Pública Central e insta a la Administración Pública Descentralizada a mantener la modalidad de teletrabajo para las personas funcionarias cuyos puestos lo permitan y que se trasladen desde la provincia de Cartago y zonas aledañas, debido a los inconvenientes viales generados por el cierre de La Galera y la autopista Florencio del Castillo.
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    Directriz Nº 023-P: Autorización de Viajes al Exterior de Ministros de Gobierno
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Presidencia de la República
    La Directriz Nº 023-P, emitida por la Presidencia de la República, establece disposiciones sobre la autorización de viajes al exterior de las Ministras y Ministros de Gobierno. Con fundamento en la Ley de la Administración Financiera (N.º 8131), la Ley General de la Administración Pública (N.º 6227) y la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Transporte (N.º 3462), se dispone que todo viaje al exterior de los ministros deberá contar con la autorización expresa del Presidente de la República mediante acuerdo de viaje.
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    Directriz 132. Dirigida a todos los Jerarcas de los Ministerios y Órganos Adscritos a los mismos, así Como a Instituciones Autónomas, Semiautónomas y Empresas Públicas del Estado.
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República
    Conceder a título de vacaciones a las personas servidoras públicas los días 12 y 13 de abril del año 2022. Lo anterior sin perjuicio de que el Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley número 6725 del 10 de marzo de 1982, disponga autorizar un día de asueto de los días ya referidos, en alguno de los cantones del país.- Se instruye a las instituciones de la Administración Pública Central que prestan servicios necesarios para la atención de la emergencia nacional por COVID- 19, para que mantengan su funcionamiento y establezcan un plan de servicio para el período de cierre colectivo.
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    Directriz No. 131. Dirigida A La Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre El Funcionamiento de Las Instituciones Estatales Durante La Declaratoria De Emergencia Nacional Por Covid-19”
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    Se reformo el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Transitorio II.-Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo de 2021al 6de marzo de 2022, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla.
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    Directriz 126. Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre El Funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la Declaratoria de Emergencia Nacional por Covid-19”
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio Planificación Nacional y Política Ecónomica
    Reforma al párrafo primero del Transitorio II de la Directriz No. 077-S-MTSS MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Transitorio II.- Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 31 de diciembre de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla. (…)
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    Directriz 125. Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 De Marzo De 2020, sobre el Funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la Declaratoria de Emergencia Nacional por Covid-19”
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    Reforma al párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N° 077-S-MTSS MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19.Transitorio II.- Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 30 de noviembre de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla.
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    Directriz 123.Dirigida a La Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma a La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre el Funcionamiento de Las Instituciones Estatales durante la Declaratoria De Emergencia Nacional por Covid-19”
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    Se reforma el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz No 077-S-MTSSMIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19. El “Transitorio II. Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 31 de octubre de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla. (…)”