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Item Ley 10726. Reforma del Artículo 29 de La Ley 3091, Ley Orgánica de La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de La Vertiente Atlántica, Del 18 de febrero de 1963(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe reforma el artículo 20 de la Ley 3091, Ley Orgánica de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de manera tal que la Junta es el ente encargado de establecer las tarifas portuarias y su aprobación final recae en el órgano competente.Item Ley 9764. Transformación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y protección de sus personas trabajadoras.(Imprenta Nacional, 2019) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) deberá implementar su reorganización administrativa, financiera y operativa para asegurar su equilibrio financiero, su sostenibilidad y el cumplimiento de sus objetivos.Item Ley 9340 Adición de un transitorio VIII a la Ley N.8461, Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico, de 20 de octubre de 2005, y sus reformas(Imprenta Nacional, 2016) Costa Rica. Asamblea LegislativaTodos los extrabajadores del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop), que están bajo la Ley N.° 8674, Adición del transitorio VII a la Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico y la Ley N.° 8832, Protección y Pensión Anticipada a los Trabajadores Cesados a Consecuencia del Proceso de Modernización del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop), que se encuentren en calidad de prejubilados con cargo al presupuesto nacional, cuando cumplan el derecho a pensionarse pasarán a ser pensionados del Fondo de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). La diferencia del monto que dejan de percibir al pasar a la CCSS será girado a cargo del presupuesto nacional. Igual beneficio gozarán los afectados de las leyes en mención que hayan pasado a la CCSS al momento de entrar en vigencia esta ley. Tal diferencia no será heredada por ningún causahabiente.Item Ley 9283 Aprobación de los contratos de Préstamo No.3071/OC-CR y No.3072/CH-CR, suscritos entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, para el financiamiento del Programa de Infraestructura de Transporte (PIT)(Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe aprueba el Contrato de Préstamo No.3071/OC-CR, por un monto hasta de cuatrocientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (400.000.000,00 dolares americanos), para financiar el Programa de Infraestructura de Transportes (PIT), suscrito el 3 de abril de 2014, por la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que consiste en contribuir al desarrollo del sector transporte a través de la mejora de la infraestructura vial y portuaria.Item L-9127 Autorización al Poder Ejecutivo para que suscriba un contrato de préstamo para el financiamiento de la modernización de infraestructura del Puerto de Moín(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Asamblea LegislativaEl objeto del contrato de préstamo será el desarrollo de infraestructura y modernización portuaria para el cumplimiento de las actividades desarrolladas en el Puerto de Moín, encomendadas por ley.Item Ley 8966 Reforma del inciso E) del artículo 17 de la Ley No.5337, reforma a varios artículos de la Ley de creación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), No.3091, de 18 de febrero de 1963(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe reforma el artículo 17: aprobar ventas, celebrar empréstitos, emitir bonos y constituir gravámenes para el desarrollo de infraestructura y equipamiento portuario, hasta por un cincuenta por ciento (50 por ciento) del valor de sus activos. Si la operación excede del resultado de la aplicación de dicho porcentaje, deberá obtenerse la aprobación de la Asamblea Legislativa.Item Ley 8832Protección y Pensión Anticipada a los Trabajadores Cesados a Consecuencia del Proceso de Modernización del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Asamblea LegislativaLos ex servidores del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop), que fueron liquidados al 11 de agosto de 2006, como resultado del proceso de modernización que sufrió dicha institución y que, además, cuenten al menos con cincuenta años de edad y, como mínimo, veinticinco años de servicio en la Administración Pública, tendrán derecho a una prejubilación con cargo al presupuesto nacional.