Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
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Item Modificación al Decreto No.37370-MOPT. Restricción Vehiclar(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesResulta necesario modificar el artículo 6o. del Decreto Ejecutivo No.37370-MOPT con la finalidad de determinar la excepción contenida en el párrafo cuarto, respecto de la restricción vehicular en la franja horaria. Excepciones a la restricción para circular entre las 06:00 y 19:00 horas, no se aplicará a los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos, a los vehículos de transporte público destinados al transporte remunerado de personas en cualquiera de sus modalidades (taxis, autobús, buseta, microbús) o especiales (transporte de trabajadores, turismo o transporte de estudiantes autorizados por el Consejo de Transporte Público).Item Reforma a los artículos 1,3,5 y 6 del Decreto Ejecutivo No.35379-MOPT Reglamento al artículo 38 bis, de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No.7131, para la regulación de la circulación vehicular mediante el Esquema Hora/Placa en el centro de San José(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe modifica el Decreto Ejecutivo No. 35379-MOPT, en aras de descongestionar las vías públicas de la ciudad capital a efecto de favorecer la fluidez de la circulación vehicular. Restricción circulatoria.Item Reforma Reglamento al artículo 38 bis, de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No.7331, para la regulación de la Circulación Vehicular, mediante el esquema hora/placa en el Centro de San José(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesComo consecuencia de la promulgación del Decreto Ejecutivo No.36342-MOPT, todos los permisos para circular otorgados a los vehículos de carga liviana durante la restricción vehicular, al amparo del Decreto Ejecutivo No.35804-MOPT, quedan sin ningún valor y eficacia por carecer de fundamento jurídico, debiéndose ajustar a lo dispuesto en el nuevo Decreto de restricción vehicular N.36342-MOPT. Por lo tanto se ordena el archivo de todas aquellas solicitudes de exoneración de la aplicación de la restricción vehicular que al 31 de diciembre del 2010 no se hubieren resuelto, o que habiéndose resuelto en primera instancia, tengan pendiente de resolver modificado en el esquema de aplicación de la restricción vehicular dicha.Item Restricción vehicular mediante el Esquema Hora/Placa en el Centro de San José(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente decreto se fundamenta técnicamente en el informe denominado: Evaluación del impacto producido por eliminar la restricción vehicular por número de placa en San José elaborado por la Dirección de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, remitido mediante oficio No.DGIT-0626-2009 del 9 de julio del 2009 así como el informe Evaluación del impacto producido al establecer la restricción vehicular por número de placa en San José únicamente en horas pico, elaborado por la Dirección de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, remitido mediante oficio No.DGIT-ED-2740-2011 del 25 de abril del 2011.Item Modificación al decreto No.36547-MOPT de restricción vehicular(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe hace necesario modificar el artículo 6o. del Decreto Ejecutivo No.36547-MOPT con la finalidad de determinar la excepción contenida en el párrafo cuarto, respecto de la restricción vehicular en la franja horaria.Item Reglamento al Artículo 38 bis de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No.7331, para la Regulación de la Circulación Vehicular mediante el Esquema Hora/Placa en el Centro de San José(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesDurante los días de lunes a viernes, inclusive, y en el período comprendido entre las 06:00 horas y las 19:00 horas del respectivo día, no se permitirá placa de circulación: Lunes placa 1 ó 2; Martes placa 3 ó 4; Miércoles 5 ó 6; Jueves 7 ó 8 y Viernes 9 ó 0.Item La operación del transporte de taxi obliga a los concesionarios, en forma inmediata o a corto plazo a renovar la flotilla vehicular(Imprenta Nacional, 2005) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLas personas que en virtud del primer procedimiento especial abreviado de taxis, o concursos similares que promueva el Consejo de Transporte Público hayan resultado adjudicados de una concesión administrativa de taxi podrán solicitar el cambio del vehículo que se encuentra inscrito en su respectiva concesión de taxi siempre que cumpla con las disposiciones del presente decreto.Item Reforma de varios artículos de la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres, No.7331, de 13 de abril de 1993(Imprenta Nacional, 2004) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe modifican los artículos 146, 148, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 168, 169, 170, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 182, 183, 184, 185, 207, todos de la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres No.7331 de abril de 1993.Item Modificación al Reglamento de Circulación por Carretera con base en el peso y las dimensiones de los vehículos de carga(Imprenta Nacional, 2005) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Justicia y Paz; Costa Rica. Ministerio de Economía, Industria y ComercioSe han incorporado recomendaciones y observaciones al citado Reglamento, cuyo fin es facilitar los trámites y la operación del transporte de carga.Item Corresponde al Registro Público de Bienes Muebles, la inscripción y matriculación de los vehículos destinados al Servicio Público de Taxi(Imprenta Nacional, 2002) Costa Rica. Ministerio de Justicia y Paz; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Registro Público de Bienes y Muebles hará la inscripción y matriculación de taxis, así como la entrega de las placas metálicas, la matricula de los vehículos se hará con los códigos de cada provincia.