Legislación
Permanent URI for this communityhttps://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/470
Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
Browse
58 results
Search Results
Item Directriz no. 048-MIDEPLAN-MTSS. Concesión a título de vacaciones a los servidores públicos, los días 14, 15 y 16 de abril de 2025 por motivo de la Semana Santa(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe otorgan a los servidores públicos los días 14, 15 y 16 de abril de 2025 como vacaciones por motivo de la Semana Santa, con la posibilidad de que el Ministerio de Gobernación y Policía disponga un día de asueto adicional según la ley vigente. Las instituciones con funciones esenciales, como educación, seguridad, registro y emergencias, definirán internamente la aplicación de dichas vacaciones.Item Directriz Nº 012-MTSS-MEP-MOPT-MIDEPLAN: Implementación de Horario Flexible, Escalonado y Teletrabajo Semana de Inicio del Curso Lectivo 2023(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Educación Pública; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaLa Directriz Nº 012-MTSS-MEP-MOPT-MIDEPLAN autoriza la implementación de horarios flexibles o escalonados para las personas funcionarias públicas durante la semana de inicio del curso lectivo 2023, del lunes 6 al viernes 10 de febrero de 2023. Se establecen tres horarios de ingreso: 8:00, 8:30 y 9:00 horas, ajustando la salida según la hora de inicio para cumplir la jornada ordinaria completa sin afectar la prestación del servicio público. Las personas funcionarias deben solicitar por escrito la aplicación del horario que mejor se ajuste a sus condiciones. Asimismo, quienes desempeñen puestos teletrabajables podrán optar por la modalidad de teletrabajo durante esta semana.Item Directriz 007. Dirigida a todas las personas jerarcas de la administración pública central y descentralizada(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe concede a título de vacaciones a las personas servidoras públicas los días 26, 27, 28, 29, 30 de diciembre de 2022 y 2, 3, 4, 5 y 6 de enero de 2023.Item Directriz 005. Instauración del teletrabajo por responsabilidad de cuidados de menores de edad ante el receso lluvioso decretado por el Ministerio de Salud de los centros educativos(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de la Condición de la Mujer; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe instruye a toda la Administración Pública Central y se insta a la Administración Pública Descentralizada, para que se aplique como medida urgente y excepcional, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para todas las personas funcionarias que tienen a su cuidado, personas menores de edad, a quienes les aplica la directriz emitida por el Ministerio de Salud sobre la suspensión de clases durante esta semana, para evitar el contagio de enfermedades respiratorias de niñas y niños, sin que afecte la continuidad de los servicios públicos prestados en sus instituciones.Item Decreto 43732. Derogatoria de los Decretos Ejecutivos nº 42121-MTSS-HMIDEPLAN del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve y nº 42286-MTSS-H-MIDEPLAN del cuatro de abril de dos mil veinte.(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; osta Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe derogan los Decretos Ejecutivós N º 42121-MTSS-H-MIDEPLAN del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve y Nº 42286-MTSS-H-MIDEPLAN del cuatro de abril de dos mil veinte; además, se instruye a las instituciones públicas que no han realizado el pago del aumento salarial autorizado mediante el Decreto Ejecutivo N º 42121-MTSS-H-MIDEPLAN a realizar las gestiones necesarias para incluir en el ejercicio presupuestario del año 2024 los recursos presupuestarios necesarios para realizar el pago retroactivo d.el aumento salarial, para hacer efectivo dicho pago a partir del 2024.Item Directriz. 127. Dirigida a todos Los Jerarcas de los Ministerios y Órganos adscritos a los mismos, así Como a Instituciones Autónomas, Semiautónomas y Empresas Públicas del Estado(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe conceder a título de vacaciones a las personas servidoras públicas los días 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2021, así como los días 3 y 4 de enero de 2022.Item Directriz 125. Reforma a la Directriz sobre el Funcionamiento Institucional durante la Emergencia por COVID-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaLa reforma al párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N.º 077-S-MTSS-MIDEPLAN establece que, entre el 19 de mayo y el 30 de noviembre de 2021, la Administración Central y, de forma instada, la Administración Descentralizada deberán retomar el plan de servicio básico de funcionamiento. Esto implica garantizar únicamente las labores esenciales para cumplir con el fin público institucional y mantener operativas las oficinas regionales y rurales que brindan atención al público, permitiendo que las instituciones soliciten la asistencia presencial de hasta un 20% de su planilla.Item Directriz 123.Dirigida a La Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma a La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre el Funcionamiento de Las Instituciones Estatales durante la Declaratoria De Emergencia Nacional por Covid-19”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe reforma el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz No 077-S-MTSSMIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19. El “Transitorio II. Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 31 de octubre de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla. (…)”Item Directriz 116. Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma a la Directriz n° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la declaratoria de Emergencia Nacional por COVID-19”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe reforma el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N° 077-S-MTSSMIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19; se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo al 13 de junio de 2021, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla.Item Directriz 115. Dirigida A La Administración Pública Central Y Descentralizada “Reforma a la Directriz n° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las Instituciones Estatales durante la declaratoria de Emergencia Nacional por COVID-19”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaSe reforma el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz n° 077-S-MTSSMIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, a retomar el plan de servicio básico de funcionamiento durante el período comprendido del 19 de mayo al 6 de junio de 2021, inclusive.
