Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Reglamento del fondo de capital y ahorro de los trabajadores de JAPDEVA(Imprenta Nacional, 2006) JAPDEVA (Costa Rica)El presente Reglamento se enumera y regula todo lo concerniente al funcionamiento del Fondo, así como la competencia, instancias, sesiones y actividades de la Junta Administradora. Además, el marco normativo dentro del cual debe funcionar dicho órgano en lo correspondiente a todos los asuntos del Fondo.Item Acuerdo 4.1 de la Junta Administrativa del Archivo Nacional. Directriz con las regulaciones técnicas generales y de acatamiento obligatorio en el Sistema Nacional de Archivos, para la gestión de documentos producidos por medios automáticos (los documentos creados en un ambiente electrónico o que se conserven en un soporte electrónico)(Imprenta Nacional, 2008) Costa Rica. Ministerio de Cultura y JuventudSe establece lineamientos técnicos generales y de acatamiento obligatorio en el Sistema Nacional de Archivos, para la gestión de documentos producidos por medios automáticos (los documentos creados en un ambiente electrónico o que se conserven en un soporte electrónico. Tales regulaciones en materia de conservación, en materia informática y en materia de gestión de documentos.Item Declara como datum horizontal oficial para Costa Rica, el CR05, enlazado al Marco Internacional de Referencia Terrestre (ITRF2000) del Servicio Internacional de Rotación de la Tierra (IERS) para la época de medición 2005.83(Imprenta Nacional, 2007) Costa Rica. Ministerio de Justicia y Paz; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEs una realidad impostergable, la necesidad de contar en el país con información proporcionada a partir de un levantamiento catastral con cobertura nacional, que facilite las actividades administrativas del Estado, promocionen el desarrollo urbano y rural, a partir de las propias características de la riqueza territorial, mejorando los sistemas de tributos y en especial, garantizando a los titulares sus derechos reales sobre los bienes inmuebles.Item Dispone que los Recursos Generados por los servicios extraordinarios que presten las Capitanías de Puerto deben Ingresar a la Caja Ínica del Estado(Imprenta Nacional, 2000) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLos recursos generados por concepto de prestación de servicios extraordinarios por parte de las Capitanías de Puerto, deben ingresar a la Caja Ínica del Estado. La Dirección de Seguridad Marítima y Portuaria en coadyuvancia con la Subárea Administrativa Financiera de la División de Puertos, deberá efectuar las gestiones pertinentes para lograr que los fondos recaudados sean trasladados a la Caja Ínica del Estado, así como su incorporación al Presupuesto Nacional de la República.Item Reglamento para la conformación de un registro de elegibles para la construcción directa de los servicios de programación, supervisión, seguimiento y control de los proyectos de conservación vial de la Red Vial Nacional(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEste reglamento regulará los contratos a suscribir entre el CONAVI y las empresas para obtener servicios de PROGRAMACION, SUPERVISION, SEGUIMIETO Y CONTROL para los proyectos de conservación vial de la Red Vial Nacional (R.V.N.), incluyendo todos los contratos asignados a la Dirección de Conservación Vial; lo anterior según lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa No.7494 del 2 de mayo de 1995 y sus reformas, en su Reglamento y sus reformas, y en la Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) No.7798, del 30 de abril de 1998.Item Reglamento de Biocombustibles(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Agricultura y Ganadería; Costa Rica. Ministerio de Ambiente, Energía y TelecomunicacionesEl presente decreto tiene por objetivo propiciar el desarrollo de una industria nacional de biocombustibles y un régimen equitativo de relaciones entre los actores o los agentes de la actividad de biocombustibles, que garantice el desarrollo sostenible de la cadena de valor del sector energético nacional el cual incluye la producción, el transporte, el almacenamiento, la distribución, y la comercialización tanto mayorista como de detalle.Item Declaratoria de interés público del IV Congreso Centroamericano de Fondos Viales(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe declara de interés público el IV Congreso Centroamericano de Fondos Viales, ya que se estima como interés y conveniencia nacional, dado el intercambio de ideas y experiencias que el mismo importa en materias de programas y proyectos en las áreas de la conservación y el mejoramiento vial. Así como los aportes de orden científico que serán presentados en el evento en cuestión y los beneficios y valores que los mismos conllevan.Item Reglamento de organización y funcionamiento para la Auditoría Interna del Consejo de Transporte Público(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente Reglamento regula las competencias, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna del Consejo de Transporte Público.Item Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2010(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de HaciendaEl gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, para el año 2010 podrá incrementarse hasta un máximo de 6 por ciento con respecto al gasto presupuestario máximo autorizado para el 2009, según el artículo 1o. del Decreto Ejecutivo No.34404-H y sus reformas, publicado en La Gaceta No.56 de 19 de marzo de 2008; del cual se deducirán las ampliaciones a dicho gasto que corresponden a gastos no recurrentes.Item Lineamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local (L-1-2009-CO-DFOE)(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Contraloría General de la RepúblicaLos presentes lineamientos generales serán aplicables a las municipalidades y concejos municipales de distrito.