Legislación
Permanent URI for this communityhttps://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/470
Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Ley 9583. Reforma del Artículo 78 de la Ley No. 7983, Ley de Protección al Trabajador, del 16 de febrero del 2000, y sus reformas para hacer efectivo el aporte a la universalización de la pensión a los trabajadores no asalariados(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Asamblea LegislativaRecursos para el fortalecimiento del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. Se establece una contribución del quince por ciento (15%) de las utilidades netas de las empresas públicas del Estado que se encuentren en régimen de competencia o no.Item Acuerdo 047. Delegación de firma al señor Eduardo Brenes Mata para el dictado de Resoluciones Administrativas referentes a los derechos laborales de los servidores y ex servidores del Ministerio de Obras Públicas y Transportes(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesDelegación de firma al señor Eduardo Brenes Mata para el dictado de Resoluciones Administrativas referentes a los derechos laborales de los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de pensiones bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado en ambos casos no supere los 30.000.000 (treinta millones de colones), correspondientes al Ministerio de Obras Públicas y TransportesItem Decreto 41174. Se faculta a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Educación Pública, Seguridad Pública, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Obras Públicas y Transportes y Hacienda.(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Educación Pública; Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludSe faculta a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Educación Pública, Seguridad Pública, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Obras Públicas y Transportes y Hacienda, a emitir los respectivos acuerdos de delegación de firma respecto a las resoluciones administrativas referentes a derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de beneficiarios de pensiones a cargo del Poder Ejecutivo.Item Acuerdo 027. Delegación de firmas del Presidente, Vicepresidenta y Vicepresidente de la República para el dictado de las resoluciones administrativas referente a los derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaDelegación de firmas del Presidente, Vicepresidenta y Vicepresidente de la República para el dictado de las resoluciones administrativas referente a los derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de pensiones bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado en ambos casos no supere los ¢ 30.000.000.Item Declárese de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Nacional de Jubilados de Obras Públicas y Transportes(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Justicia y PazLos fines de la Asociación solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado Costarricense.Item Ley 8108. Reforma del último párrafo del artículo 49, de la Ley de Protección al Trabajador, No.7983(Imprenta Nacional, 2001) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe capitalizará el 50 por ciento de las utilidades netas de las operadoras, constituidas como sociedades anónimas de capital público como fondo obligatorio de pensiones complementarias.Item Aumento de la cuota de pensiones a un 9 por ciento(Imprenta Nacional, 1995) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaLos servidores activos y los pensionados, cubiertos por el Régimen General de Pensiones y el patrono estado, estarán obligados a cotizar mensualmente con un 9 por ciento de su ingreso.Item Pensiones para los funcionarios de la Secretaría de fomento(Imprenta Nacional, 1944) Costa Rica. Poder LegislativoSe establecen las directrices para los empleados de la Secretaría de Fomento, hoy MOPT, en aspectos de jubilación o pensiones.