Dirigida a los jerarcas de todas las Instituciones de la Administración Pública, incluyendo aquellos órganos, entes, empresas e instituciones del Sector Público centralizado, descentralizado institucional y territorial, mediante la cual se establece la prohibición de adquirir equipos, luminarias y artefactos de baja eficiencia que provoquen alto consumo de electricidad para ser utilizados en los edificios e instalaciones de tránsito peatonal que ocupe el Sector Público
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Date
2014
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Publisher
Imprenta Nacional
Abstract
Es obligación de todas las instituciones de la Administración Pública elaborar y ejecutar los Programas de Gestión Ambiental Institucional (PGAI) para la gestión de la calidad ambiental, energía y cambio climático; así como los mecanismos de control y seguimiento. Estos programas contendrán, entre otros aspectos, las regulaciones para las adquisiciones de equipos, luminarias y artefactos con requerimientos de alta eficiencia energética indicadas en esta Directriz.
Description
Publicado en La Gaceta no. 163, 26 agosto del 2014
Keywords
SECTOR PUBLICO, EQUIPOS DE ILUMINACION, LAMPARAS INCANDESCENTES, EQUIPOS DE REFRIGERACION, AIRE ACONDICIONADO, DIR-011-2014